Esta mañana salió publicado un decreto que deja sin efecto la restricción de movilización por sexos.

El Gobierno dispuso que a partir del lunes una sola persona por familia sea hombre o mujer se podrá movilizar para adquisición de víveres, productos farmacéuticos y trámites financieros.

Se entiende que se encuentran dentro del permiso dispuesto en el párrafo precedente, a aquellas personas que deban circular para el cobro de cualquiera de los beneficios pecuniarios otorgados por el Gobierno en el marco de la Emergencia Nacional, así como para el cobro de pensiones en las entidades bancarias", añade la norma.

Decreto también indica que se mantiene la restricción total de circulación los días domingos y que es obligatorio el uso de mascarilla para circular por las vías de uso público como medida de protección por el coronavirus COVID-19.

El nuevo Decreto Supremo también dispone que la inmovilización social obligatoria será ahora desde las 6 p.m. hasta las 4 a.m. a nivel nacional, con excepción de los departamentos de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad y Loreto, en los que la inmovilización social rige desde las 4 p.m.