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martes, 10 de agosto de 2004

Declaran improcedente solicitud de vacancia del Alcalde de SJL

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Declaran improcedente solicitud de vacancia del Alcalde de SJL

Los vecinos Arturo peña de la Puente y Eduardo Guillermo Chumpitazi Chumpitaz, solicitaron el pedido de vacancia del alcalde.
martes, 10 de agosto de 2004 - 1189 vistas
Los vecinos Arturo peña de la Puente y Eduardo Guillermo Chumpitazi Chumpitaz, solicitaron el pedido de vacancia del alcalde Mauricio Rabanal con fecha 11 de junio del 2004 por mesa de partes con el expediente No 09919, en el que fundamentan sobre el proceso de selección para la contratación del servicio Personalísimo del Arq. Manuel Subiate Vidal para la ejecución del proyecto urbanístico a lo largo del Malecón Checa. Los solicitantes aducen la violación del Art. 427 del Código Penal Falsedad material (el que hace uso de un documento falso) y se habría contravenido y violado el Art. 384 del código penal (FRAUDE EN OPERACIONES PUBLICAS) Los documentos no reunían los fundamentos de ley por lo que se desestimó el pedido de los señores (DNI, Domicilio Fiscal y las pruebas que sustenten la vacancia). Con documento simple N0 11229 de fecha 26 de julio de 2004, presentado por los señores Regidores, Estefanía Alarcón Denegrí, Juan Baldeón Suricachi, Romer Layme Escobar, Magda Otarola, Neptalí Carpio Soto y Juan Silva Mallqui, se solicita la sesion de consejo extraordinaria. Ante la solicitud hecha por estos 6 regidores se realizó la sesión de consejo extraordinaria con el único punto de agenda ”Vacancia del Alcalde” Con fecha 9 de agosto a horas 8:36 PM y con el Quórum de reglamento, se inicio la sesión de concejo, a medida que transcurría el tiempo la sesión se tornaba mas caliente, por las intervenciones de los Regidores en torno a que los documentos de vacancia no eran los correctos y carecían de sustento. La intervención del Regidor Neptalí Carpio y la de Romel Layme fueron vacías por que no mostraron un buen sustento llegando al extremo que tuvieron que reconocer que “no hay petición de vacancia y que tenia que enviarse a la comisión de asuntos jurídicos para la investigación correspondiente”. La presencia del pueblo en esta Sesión de Concejo no podía faltar y tambien con ellos las pancartas rechazando la solicitud de los regidores y algunos comentarios subidos de tono, que permitió que el Sr. Alcalde ordenara la lectura del Art. 43 del reglamento interno de la Municipalidades. Al término de la rueda de exposición no faltaron algunas agresiones verbales de regidores en la que se tildaron hasta de cobardes. La defensa del Sr. Alcalde estuvo a cargo del abogado defensor Dr. Ernesto Blume. Que en su exposición argumentó, que los indicios de vacancia presentados por los señores Alberto Peña y Eduardo Chumpitazi carecían totalmente de sustento. Los peticionarios argumentan que se a incurrido en la violación del Art. 73 de la ley orgánica de municipalidades que prohíbe a los alcaldes y regidores contratar, rematar obras o servicios Municipales. “La causal invocada es una causal muy concreta, significa que él alcalde en forma directa o a través de una tercera persona habría celebrado un contrato para la ejecución de la obra para un determinado proyecto, en este caso a quedado claramente establecido, no solamente de lo actuado en el expediente administrativo y que en el proceso de selección se concluyó con la aprobación de este concejo municipal para la contratación por servicios personalísimos del Arq. Manuel Subiate Vidal”, Argumento Ernesto Blume Abogado defensor. Luego de la ronda de participación se llevo a cabo la votación donde se vio el resultado y la poca vergüenza de algunos de los regidores que pidieron la vacancia del alcalde Mauricio Rabanal. La bancada oficialista voto en contra de la vacancia y a favor de la vacancia se contó con cero votos, los 8 regidores de oposición se abstuvieron en la votación quedando sin fundamento la solicitud de vacancia del alcalde.

 

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