Prohiben a adolescentes trabajar como cobradores de unidades de transporte
Mediante decreto Supremo 007-2006 publicado en el diario El Peruano, los adolescentes no podrán trabajar como cobradores en unidades de transporte público y tampoco harán trabajos de recolección y selección de basura y residuos.
miércoles, 26 de julio de 2006 - 982 vistas
Mediante decreto Supremo 007-2006 publicado en el diario El Peruano, los adolescentes no podrán trabajar como cobradores en unidades de transporte público, interurbano o interprovincial y tampoco harán trabajos de recolección y selección de basura y residuos.
La norma establece que los pubescentes, en realidad estarán impedidos de trabajar en actividades consideradas peligrosas y perjudiciales para su desarrollo integral.
En dicha norma se especifica una relación de 26 actividades peligrosas para la salud física o moral de los adolescentes, por lo que estos están impedidos de trabajar en ellas. Se señalan como peligrosas aquellas jornadas más allá de las seis horas diarias de trabajo, así como las que les impiden asistir al centro educativo o comunicarse con su familia. Además el trabajo en las minas de oro y en las ladrilleras informales.
Dejanos tus comentarios:
Siguiente >>
<< Anterior
Mas articulos de Actualidad: