tasas registrales de la sunarp son válidas
la Tercera Sala consideró"no constituyen una barrera burocrática ilegal que obstaculice el acceso o permanencia de los agentes económicos en el mercado".
martes, 12 de diciembre de 2006 - 1502 vistas
La Tercera Sala Civil de la Corte Superior de Lima ratificó la validez de las tasas registrales que la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) aplica en la actualidad, al rechazar y declarar infundada una acción popular en contra de dichos aranceles, vigentes tras la dación de los Decretos Supremos 017-2003 y 008-2004, Sector Justicia.
El colegiado presidido por el Dr. Andrés Carbajal Portocarrero y conformado por los vocales superiores Ana María Aranda Rodríguez y Carlos Giovanni Arias Lazarte falló rechazando la acción presentada por un grupo de ciudadanos, determinando a su vez que las tasas por los servicios registrales están sustentadas en Decretos Supremos sin visos de inconstitucionalidad ni ilegalidad y, precisando, antes, que tales aranceles pueden ser modificados en forma periódica, en cuanto a su monto o cuantía, como se encuentra señalado por el Decreto Ley 22168.
El expediente sobre este caso está signado con el número 3379-04 y la resolución arriba mencionada fue emitida por la Sala el 24 de noviembre de 2006, siendo notificada tres días después.
Finalmente, el Dr. Federico Uriarte Mariani, Procurador Ad Hoc de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), informó sobre el particular que en este caso se había logrado establecer justicia y que estaba determinado que las tasas tenían un sustento legal plenamente demostrable.
Dejanos tus comentarios:
Siguiente >>
<< Anterior
Mas articulos de Actualidad: