Estabilidad de maestros se suspenderá
Sólo bastará el inicio de un proceso administrativo para suspender su estabilidad.
viernes, 13 de abril de 2007 - 1149 vistas
Se acabó la impunidad de los maestros que pese a tener alguna acusación de infracción o delito continúan en sus puestos mientras no hay una sentencia judicial ejecutoriada. Y es que el gobierno resolvió que sólo bastará el inicio de un proceso administrativo para suspender su estabilidad.
Mediante un decreto supremo, que modifica los artículos 33, 126 y 137 del reglamento de la Ley del Profesorado, el Ejecutivo establece que los profesores suspendidos o separados temporalmente tendrán derecho a reincorporarse automáticamente al término de la sanción, pero ya no a su mismo cargo, sino a otra plaza distinta que determine la administración.
Además, el docente suspendido es pasible de ser puesto a disposición de la autoridad correspondiente mientras dure el proceso. Se acabó la impunidad de los maestros que pese a tener alguna acusación de infracción o delito continúan en sus puestos mientras no hay una sentencia judicial ejecutoriada. Y es que el gobierno resolvió que sólo bastará el inicio de un proceso administrativo para suspender su estabilidad.
Mediante un decreto supremo, que modifica los artículos 33, 126 y 137 del reglamento de la Ley del Profesorado, el Ejecutivo establece que los profesores suspendidos o separados temporalmente tendrán derecho a reincorporarse automáticamente al término de la sanción, pero ya no a su mismo cargo, sino a otra plaza distinta que determine la administración.
Además, el docente suspendido es pasible de ser puesto a disposición de la autoridad correspondiente mientras dure el proceso. Se acabó la impunidad de los maestros que pese a tener alguna acusación de infracción o delito continúan en sus puestos mientras no hay una sentencia judicial ejecutoriada. Y es que el gobierno resolvió que sólo bastará el inicio de un proceso administrativo para suspender su estabilidad.
Mediante un decreto supremo, que modifica los artículos 33, 126 y 137 del reglamento de la Ley del Profesorado, el Ejecutivo establece que los profesores suspendidos o separados temporalmente tendrán derecho a reincorporarse automáticamente al término de la sanción, pero ya no a su mismo cargo, sino a otra plaza distinta que determine la administración.
Además, el docente suspendido es pasible de ser puesto a disposición de la autoridad correspondiente mientras dure el proceso.
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